Un juzgado de lo mercantil de Madrid rechaza el camino escogido por varios miles de consumidores para defender sus derechos en las preferentes. Otra noticia que va a inundar otra vez de trabajo los tribunales.


A estas alturas está claro que hubo irregularidades en la comercialización de preferentes (información incompleta,…) y por lo tanto, lo que ha hecho el juez es declarar nulas algunas cláusulas, pero también llamar la atención sobre el modo de reconocer a cada potencial perjudicado sus derechos porque el escogido en este caso, la acción colectiva, no ha sido la adecuada.


No queda otra que defenderse individualmente. Para poder conocer si el preferentista, como popularmente se dice, sabía qué es lo que adquiría, es preciso un examen pormenorizado caso a caso y el cauce que han iniciado no permite dicho examen.


Recuerde que ayer lo comentábamos también aquí mismo, en el tema de las plusvalías: Determinadas macro-recetas o mega-soluciones, no proceden. Hay que estudiar cada caso en particular y en concreto, hablando de preferentes, es cuestión de examinar qué consentimiento prestó cada consumidor minorista. Si tenía en la cabeza que estaba ante un depósito a plazo, por ejemplo, o ante un valor negociable con determinados riesgos y problemas de cara a la recuperación de la inversión inicial y a la seguridad de la rentabilidad de la inversión.


En este último caso, si asimiló la preferente como un producto financiero más, híbrido (por cuanto es de renta fija y renta variable) eso sí, complejo, no hay caso.


Los atajos en las reclamaciones ante los tribunales no existen y ahora, un lustro después, van a tener que volver otra vez sobre sus pasos varios miles de afectados y defendiéndose uno a uno, individualmente.


Por: Arcadio García Montoro