El 6 de marzo cumplen tres meses de la entrada en vigor de la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos) que adaptó la normativa española a la llegada del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

Una aprobación que llegó con la unanimidad de todos los partidos en el Congreso de los Diputados y que centra las miradas en el artículo 58bis. Un punto en el extenso articulado que parece permitir la recolección de datos en redes sociales y webs durante el periodo electoral.

En Ventaja Legal cada lunes seguiremos el viaje de nuestros datos y comprobaremos qué ocurre con nuestros datos en campaña electoral.

Episodio 1: ¿Qué es el 58bis?

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