La esperada sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre las cláusulas de vencimiento anticipado no contundente como esperaban muchos abogados y muchos apuntan a que no despeja todas las dudas existentes.

Luxemburgo establece como criterio: que sea proporcional y que se tengan en cuenta todas las circunstancias. En 2018 hubo 53.857 ejecuciones hipotecarias según el INE de las que 6.523 fueron de viviendas habituales. La cifra supone un 41% menos que respecto al 2017 y un 81% menos respecto a 2014.

"Si el cliente no va a pagar, es cierto que el sistema debe garantizar que el acreedor va a cobrar", apunta Javier Plaza, catedrático de Derecho en la Universidad de Valencia. La Ley 1/2013 modifica la Ley de Enjuiciamiento civil elevando a 3 las mensualidades requeridas para el vencimiento anticipado. La nueva ley hipotecaria establece como requisitos: 3% del capital vivo en la primera mitad del préstamo y 7% en la segunda mitad.

Los expertos cifran entre 15.000 y 17.000 los procedimientos actualmente en el aire a la espera de la decisión del tribunal de Luxemburgo, y estas son las claves de una sentencia muy esperada. "No defendemos la cultura del no pago, las deudas se han de pagar. Se tiene que hacer una resolución equilibrada con lo que se lleva ejecutando", señala Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas&Cusí.