David Díaz, socio responsable de laboral en Baker Mckenzie, ha aclarado a los oyentes de Capital Radio todas las dudas existentes respecto a las consecuencias en el ámbito laboral de vacunarse o no contra la COVID-19. Aquí puedes escuchar la entrevista completa:

Entrevista capital y la Gran Tertulia de la economía

David Díaz, socio responsable de laboral en Baker McKenzie, habla sobre la obligatoriedad de las vacunas en el ámbito empresarial. Luego tertulia con Kamal Romero, Profesor de economía y métodos cuantitativos de la Universidad San Pablo CEU; Antonio Sanabria, investigador y profesor de economía internacional en la Universidad Complutense de Madrid y Hermenegildo Altozano, abogado de Bird&Bird

Díaz explica que "las respuestas hay que traerlas de la estrategia de vacunación que aprobó el Consejo Interterritorial de Salud donde se establece la voluntariedad de la vacunación. Además, ese principio de la voluntariedad también se recoge en nuestras normas sanitarias".

El socio responsable de laboral en Baker Mckenzie es claro, "una empresa no podría exigir a su plantilla que esté vacunada".

Además, detalla que "el hecho de no estar vacunado no debería ser una causa para imponer algún tipo de medida laboral distinta (un ejemplo es el teletrabajo) a la que se está poniendo ahora".

El teletrabajo como medida, o como consecuencia de la no vacunación, no encuentra acomodo en nuestro sistema laboral legal, afirma David Díaz.

Además, el actuar de esa forma "puede tener algunas consecuencias indeseables respecto al señalamiento de determinados trabajadores por el mero hecho de no haber sido, o no haber querido ser vacunados".

Por otro lado, negarse a vacunarse nunca podría ser una causa válida de despido. Se vulnerarían los derechos fundamentales del trabajador y el mismo sería muy probablemente declarado como nulo.

Respetar la protección de datos

Más allá de todas estas preguntas, hay una clave: la ley de protección de datos. Los datos relativos a la salud están especialmente protegidos por esta normativa.

Por lo tanto, "ni el trabajador tiene la obligación de informar a la empresa de si está vacunado o no, ni la compañía debe ni puede desde el punto legal, preguntar acerca de esta circunstancia".