Lunes 17 de junio de 2019, ese es el primer día hábil que estará en vigor la nueva ley hipotecaria aprobada el pasado mes de febrero en el Congreso de los Diputados. Su nombre correcto es Ley Reguladora de los Contratos del Crédito Inmobiliario, resultado de la transposición de una directiva comunitaria con casi tres años de retraso, por lo que la Comisión Europea amenazó a España con una multa de más de 100.000 euros diarios.

La norma obliga a las entidades a asumir los gastos del pago de las primeras copias del notario, los gastos del registro y los de la gestoría, lo que permitirá a los clientes ahorrar una media de entre 500 y 1.000 euros.

Los cambios más importantes

El cliente deberá acudir al notario con una antelación mínima de 10 días para analizar con él las condiciones de la documentación remitida por el banco y solventar posibles dudas. La entidad, por su parte, debe entregar una información muy exhaustiva a consumidor y notario a través de un medio telemático para su verificación.

Eso sí, la entidad bancaria puede exigir al cliente la contratación de un seguro para el hogar. Sin embargo, será el banco el que ofrezca las condiciones que debe cubrir ese seguro sobre la vivienda. Una vez cubiertas, el cliente podrá elegir la entidad aseguradora que él prefiera.

En el caso de que el cliente contrate la hipoteca de la vivienda en otra moneda podrá cambiarla a euros. Este cambio se llevará a cabo por el Banco Central Europeo y será convertido según estén en valor las divisas en la fecha solicitada.

La norma elimina las cláusulas suelo y el banco solo podrá comenzar el procedimiento de desahucio si hay doce cuotas impagadas o el 3% del capital de la hipoteca en la primera mitad de la vida del préstamo.